El MARM destaca los esfuerzos tecnológicos del sector del olivo para posicionarse en el mercado
Lunes, 15 de Marzo de 2010
Fuente: Geoscopio/Madrid. La directora General de Industria y Mercados Alimentarios del MARM, Isabel Bombal, ha destacado los esfuerzos tecnológicos y científicos del sector aceitunero español para alcanzar un buen posicionamiento en el mercado nacional e internacional.
En su intervención en la mesa redonda sobre “Las aceitunas de mesa y la salud como valor añadido. Oportunidades y limitaciones para su comercialización”, Isabel Bombal ha señalado que la aceituna de mesa es un producto muy importante en la cultura española y tradicional en la dieta mediterránea.
Asimismo, la directora General ha subrayado que España es el primer productor mundial de aceituna de mesa, con un sector en permanente crecimiento, destacando su labor para revalorizar el producto.
En la mesa redonda se ha señalado cuál es la información necesaria para la comercialización de la aceituna de mesa y las propiedades nutricionales beneficiosas que pueden declararse en el etiquetado de este producto, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento.
También se ha explicado que el marco legal que regula el etiquetado general y las declaraciones nutricionales está armonizado en la Unión Europea, por lo que es necesario, ha añadido, que los operadores nacionales conozcan dichos requisitos para su correcta aplicación y evitar que puedan tener problemas en el mercado. Todo ello, con el objetivo de que el consumidor pueda conocer la composición y cualidades del producto y elegir con conocimiento de causa, una situación que redundará en la mejora de la competitividad del sector de la aceituna de mesa en el mercado.
Durante la mesa redonda se han presentado diversos trabajos científicos sobre determinadas propiedades saludables que podrían atribuirse a la aceituna de mesa. En este contexto, la directora General del MARM ha resaltado la importancia de disponer de estos estudios previos, ya que podrían servir de base para la posterior autorización de las correspondientes alegaciones saludables, en el marco del Reglamento sobre declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos.