Fuente: Geoscopio/Madrid.
El Instituto Nacional del Consumo ha firmado un acuerdo marco con la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) y la Asociación Española de Comercio Electrónico (AECE-Fecemd), por el que estas asociaciones, promotoras del sistema de distintivo privado CONFIANZA ONLINE, se comprometen a que las empresas adheridas a ellas se sometan al Arbitraje de Consumo.
Con ello se pretenden resolver los conflictos surgidos en la compraventa de productos a través del comercio electrónico, en el caso de que no hayan podido resolverse por el sistema de mediación establecido por AECE.
EMPRESAS
Entre las empresas asociadas, que de esta manera se adhieren indirectamente al Sistema Arbitral del Consumo, figuran importantes entidades de sectores de relevancia en cuanto a sus transacciones electrónicas con los consumidores.
Por sectores, por ejemplo, la Banca está representada por los bancos Bilbao Vizcaya Argentaria y Santander Central Hispano; en las grandes empresas de distribución, El Corte Inglés, Carrefour; en el sector de la energía, CEPSA, REPSOL, Iberdrola; en la alimentación, Nestlé, Coca Cola, Danone; en productos de limpieza e higiene corporal, como Johnson&Jonson, Henkel Ibérica, Procter&Gamble; en comunicaciones, Telefónica, Uni2, Amena, Wanadoo; y en medios de comunicación, El Mundo, Telemadrid, por citar algunos sectores muy conocidos
PLAZO
Según el acuerdo en el caso de que no se alcance en un plazo de siete días el acuerdo de mediación de AECE, ésta dará traslado de la reclamación a la Junta Arbitral Nacional de Consumo, que la tramitará y resolverá de conformidad con los procedimientos que le resulten de aplicación.
De tratarse de una empresa no adherida a las asociaciones firmantes, una vez agotado el citado plazo de mediación sin resultado satisfactorio, podrá dar traslado de la reclamación a las autoridades que en cada caso resulten competentes.
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