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AGENDA LOCAL 21


En Colaboración:

A.P.R.O.M.A

GEOSCOPIO

Proceso de implantación de las Agendas 21
 
  Plan de acción Local
   

Este plan de acción consta de tres partes diferenciadas:

Creación de un Programa de Actuaciones.
Proceso de Información Pública.
Implantación del Plan de Acción.

1.- CREACIÓN DE UN PROGRAMA DE ACTUACIONES

El programa de actuaciones, debe desarrollar de forma específica, y como una primera aproximación, aquellas líneas estratégicas elegidas para la consecución de los objetivos determinados.

Para cada programa de actuación debe especificarse una serie de parámetros y conceptos, que se definen a continuación:

Actuación: denominar la actuación concreta a la que se refiere la línea estratégica.

Descripción: breve resumen que muestre la finalidad, objetivos y herramientas de dicha actuación.

Objetivos que cumple: determinación de cuáles de los objetivos expuestos en la fase anterior son los que se consigue cumplir con esta actuación.

Cuantificación del objetivo: valoración cuantitativa y/o cualitativa de la actuación.

Objetivos secundarios: son los objetivos que derivan de la ejecución de los objetivos principales.

Plazo de ejecución: establecimiento del período de tiempo en el que la actuación se va llevar a cabo.

Responsable: determinación de la persona responsable de la actuación.

Participantes: detalle de todas las personas implicadas en la definición y desarrollo de la actuación en cuestión.

Responsabilidades: establecimiento de las responsabilidades de cada miembro implicado en el desarrollo de la actuación, tanto de la persona última responsable como de cada uno de los participantes en el proceso.

Coste de la actuación: precisión del coste de la actuación y búsqueda de posibles fuentes de financiación.

Indicadores: definición de aquellos parámetros que permitan evaluar el grado de cumplimiento del objetivo propuesto.

Observaciones: Otros aspectos que se consideren importantes señalar y que no quedan establecidos en las anteriores categorías (por ejemplo, la normativa de referencia).

Los programas de actuaciones quedarán englobados en el Plan de Acción Local, que deberá ser aprobado inicialmente por el Pleno Municipal.

2.- PROCESO DE INFORMACIÓN CIUDADANA

Una vez desarrollado todo el programa de actuaciones, es conveniente, con la finalidad de que todo el proceso de las Agendas 21 Local sea realmente participativo, abrir un período de información ciudadana y de presentación de sugerencias y alegaciones, que permita el debate para conseguir un consenso y aprobación del programa de actuaciones, debido a que es el documento que va a vertebrar todo el proceso de la Agenda 21 Local.

Este procedimiento, por sus características e implicaciones puede en algunos casos específicos no ser pertinente su puesta en marcha. Debido a que este proceso no es de obligado cumplimiento, aunque si es recomendable, se debe valorar la conveniencia o no de insertar este proceso la según el contexto social y político del municipio en ese momento.

De todas formas, no hay que olvidar que los procesos de información pública denotan un gobierno municipal abierto (a propuestas y modificaciones), más democrático, transparente y comprometido con la opinión de sus ciudadanos que al fin y al cabo son a los que sirven.

Tras este período de alegaciones, se evaluarán e incorporarán al Plan de Acción las alegaciones pertinentes y, posteriormente, se hará una aprobación definitiva del Plan de Acción Local.

3.- IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN

Una vez aprobado de forma definitiva el Plan de Acción Local, y ratificado el compromiso de acción inmediata por parte de la autoridad local hacia la sostenibilidad local, el Plan de Acción Local se pone en funcionamiento.

Se ha querido destacar este punto, debido a que es frecuente, que muchos programas de actuaciones muy bien diseñados no salen adelante debido a que no se cuida especialmente la fase de implantación propia del programa. Ocurren fallos de coordinación, de no haber entendido las tareas específicas a realizar, los objetivos a alcanzar, los medios con los que contar, etc.

En esta fase se debe prestar mucha atención, en base a lo que se haya programado previamente, cuidar que cada tarea esté bien administrada, que todos los agentes implicados sepan perfectamente las acciones que deben desarrollar, que se cuente con los medios para llevarlo a cabo, que sepan con que otros agentes deben coordinarse, que conozcan perfectamente en que parte del proceso de las Agendas Local 21 están insertados, que conozcan los responsables de cada fase, etc. En definitiva se realiza una función de coordinación y de apoyo en el inicio del proceso de implantación, para que el paso del papel (declaración de principios, diagnóstico, programa de actuaciones, etc.) a la acción se haga de manera efectiva, y el tren de la Agenda 21 Local no descarrile en este punto. En esta fase de implantación participarán tanto el Foro de Participación iudadana como el público en general.

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